Canal de denuncias: 5 motivos para implantarlo (aunque no estés obligado a ello).

Además de mejorar el compromiso social y ético y la reputación de la organización, la implementación de un canal de denuncia puede suponer ventajas económicas: puede ahorrar costes, aumentar la eficiencia, reducir la rotación de empleados, mejorar la productividad y aumentar la satisfacción del cliente. Por lo tanto, es importante que las organizaciones consideren la implementación de un canal de denuncia como una inversión en su éxito a largo plazo.

7 elementos clave de un Sistema de Cumplimiento Normativo.

La implantación de un Sistema de Cumplimiento Normativo debe reunir una serie de características sin las cuales podríamos sospechar de que se trata de un “fake compliance” o de un sistema de cumplimiento meramente cosmético y no efectivo. No debemos olvidar que el objetivo principal debe ser, no ya el hecho de prevenir y detectar el incumplimiento de las normas y regulaciones aplicables a la empresa, y garantizar que la organización actúe de manera ética y responsable en todas sus actividades, sino que, el objetivo final siempre va a ser que en la organización, se respire una auténtica cultura de cumplimiento.

Fases de implantación de un Sistema de Cumplimiento Normativo

La implantación del Sistema de Cumplimiento Normativo persigue introducir en una organización un modelo de gestión de riesgos de incumplimiento dirigido a prevenir la comisión de determinados delitos o para reducir de forma significativa el riesgo de su comisión. Para la implantación de un sistema de cumplimiento normativo que cumpla estos objetivos habrá que realizar una serie de actuaciones que se pueden encuadrar dentro de alguno de estos elementos de la estructura del Sistema de Cumplimiento Normativo.

Compliance y Responsabilidad Social Corporativa

El riesgo de Compliance es “el riesgo de que una organización pueda sufrir sanciones, multas, pérdidas financieras o pérdida de su reputación como resultado de incumplimientos de las leyes, regulaciones, normas de autorregulación o códigos de conducta que se apliquen a su actividad”. Por lo tanto, en un sentido amplio, no debemos entender la labor de cumplimiento normativo como algo concebido exclusivamente para prevención de delitos.

Qué dice el Código Penal

Hasta el año 2010, sólo las personas físicas podían ser responsables de la comisión de un delito. De los delitos cometido en el seno o utilizando la estructura organizativa de una persona jurídica respondían las personas físicas que actuaban como administradores de hecho o de derecho de la persona jurídica, o en nombre o representación legal o voluntaria de ella. Mediante la reforma del CP español del año 2010 (mejorada y completada en el año 2015) se introduce en España el principio de que las personas jurídicas pueden ser responsables de determinados delitos y, por tanto, se les puede imponer una sanción penal.

Un poco de historia

Los orígenes de la función de Compliance se sitúan en Estados Unidos, a comienzos del siglo XX, como respuesta a la necesidad de luchar contra la proliferación dentro de las empresas de las mafias, la corrupción y el blanqueo de los capitales obtenidos de actividades delictivas. Para ello, se obligó a las empresas norteamericanas a contar con programas de prevención de delitos (Compliance Programmes), y con una función específica en su estructura organizativa que vigilara y controlara el cumplimiento interno de las leyes, las normas y los códigos éticos. De esta manera se implicaba a las organizaciones empresariales en la actividad de prevención, detección y sanción de las conductas ilegales.